En la Gaceta
Oficial del estado La Guaira N° 525 del 30 de julio de 2020, se publicó el Decreto N° 047-2020, mediante el cual se estabeció que la
compra de productos y bienes esenciales en todo el territorio del estado
Bolivariano de La Guaira se realizará de acuerdo al último número de Cédula
de Identidad de cada ciudadano y ciudadana, según el
cronograma ahí contemplado. El contenido de ese Decreto es el siguiente:
ARTÍCULO 1: La compra
de productos y bienes esenciales en todo el territorio del estado La Guaira se
realizará de acuerdo al último número de Cédula de Identidad de cada ciudadano y
ciudadana, según el siguiente cronograma:
- Días lunes: Terminales 0 y 9 de la Cédula de Identidad.
- Días Martes: Terminales 1 y 8 de la Cédula de Identidad.
- Días Miércoles: Terminales 2 y 7 de la Cédula de Identidad.
- Días Jueves: Terminales 3 y 6 de la Cédula de Identidad
- Días Viernes: Terminales 4 y 5 de la Cédula de Identidad.
- Días Sábado: Terminales 0, 1, 2, 8 y 9 de la Cédula de Identidad.
- Días Domingo: Terminales 3, 4, 5, 6 y 7 de la Cédula de Identidad.
La compra de medicamentos queda exceptuada de esta
disposición.
ARTÍCULO 2: El ingreso a los establecimientos debe ser con el
uso obligatorio de mascarillas que cubran boca y nariz, así como el
mantenimiento del distanciamiento social. Los dueños de locales deben poner
letreros, carteleras u otros medios informativos con el cronograma que
establece el presente decreto y deberán cumplirlo en el proceso de venta al
público.
ARTÍCULO 3: El
incumplimiento de las medidas adoptadas en el presente Decreto acarreará las
multas y sanciones establecidas en la ley.
ARTÍCULO 4: Las medidas
adoptadas en el presente decreto tendrán vigencia por la temporalidad que
indique el Ejecutivo Nacional, una vez ordenada la implementación de medidas de
cuarentena radical en sus distintos niveles y categorías sobre nuestra entidad
federal.
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