martes, 5 de mayo de 2015

Nuevo horario de atención al público de los tribunales


La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia mediante resolución N° 2015-0009 del 29 de abril de 2015, anunció que los tribunales que conforman el Poder Judicial laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., sin indicar hasta qué fecha será esta medida. El contenido íntegro de la resolución es el siguiente:

PRIMERO: Todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Tribunales con competencia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios, Penales Ordinarios, Penales Municipales,  Responsabilidad Penal de Adolescentes y Juzgados con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, Económicos y Antiterroristas de todo el territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela, laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., a partir de la presente fecha y como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.

SEGUNDO: Todos los Juzgados de la República tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Los jueces cualquiera que sea su competencia, continuarán los actos, juicios o audiencias que hayan iniciado dentro del horario acordado.

TERCERO: Los Juzgados de Primera Instancia en función de control y juicio ordinario, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de control, audiencias y medidas, en delitos económicos, y antiterrorismo de los Circuitos Judiciales Penales, continuarán con el sistema de guardias ordinarias para atender los procedimientos que sean de su competencia.

CUARTO: Se ordena a los Directores, Coordinadores, Gerentes, Jefes y Supervisores de Oficinas Administrativas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectores e Inspectoras de la Inspectoría General de Tribunales, Directores de la Escuela Nacional de la Magistratura, Jueces o Juezas de la Jurisdicción Disciplinaria Judicial, Presidentes o Presidentas de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Jueces Rectores y Juezas Rectoras, Presidentes y Presidentas de Circuitos Judiciales Penales, Presidentes y Presidentas de Circuitos Judiciales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Jueces Superiores y Presidentes o Presidentas de las Salas de Cortes de Apelaciones, Jueces y Juezas de la República, velar por el estricto cumplimiento del presente acuerdo. Se les exhorta a fomentar el uso racional y adecuado del servicio de energía eléctrica de todo el personal a su cargo, inclusive en aquellos casos en que se establezcan debidamente guardias por razones de servicio.

QUINTO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Judicial y el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.