Sentencia:
http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/spa/octubre/204429-01146-251017-2017-2014-0039.HTML
Mediante
sentencia N° 1146 del 25 de octubre de 2017, la Sala Político
Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, señaló que para tutelar el derecho a la salud y a la vida, que
las autoridades aduaneras y de salud dicten una Resolución Conjunta con el
objeto de determinar las calificaciones de algunos medicamentos para facilitar
el comercio interior. A tales efectos, la Sala señaló lo que sigue:
“Por otra parte, esta Sala
Político-Administrativa considera pertinente enfatizar que aun cuando
efectivamente corresponde al Servicio Nacional Integrado de Administración
Aduanera y Tributaria (SENIAT), conforme se indicara supra, asegurar la correcta
interpretación y aplicación de las normas aduaneras, en casos idénticos al de
autos donde resulta involucrada la tutela y la garantía por parte del Estado
venezolano del derecho social fundamental a la salud, de rango constitucional,
a tenor de lo dispuesto en los artículos 83 y 84 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela de 1999; este Máximo Tribunal debe promover la
sinergia e integración de las competencias y funciones atribuidas a los
distintos órganos de la Administración Pública, con el propósito de lograr una
perfecta colaboración en resguardo del prenombrado derecho como parte del
derecho a la vida, en el sentido de asegurar que, pese al régimen competencial
que detentan cada uno de los señalados órganos, el ejercicio de esa encomiable
labor no constituya un obstáculo o impedimento para garantizar no sólo el
debido y correcto cumplimiento de la normativa sanitaria y aduanera vigente en
nuestro país, sino para que, en acatamiento del referido ordenamiento jurídico
positivo, se logre por encima de cualquier impedimento formal, cumplir con el
deber de tutelar plenamente los derechos constitucionales en comentario.
De esta forma y tal como lo hiciera esta Superioridad en una ocasión
precedente (vid., sentencia
Nro. 01253 del 13 de agosto de 2014, caso: Abbott Laboratories, C.A.), se insta a las autoridades aduaneras
y de salud (entre otras competencias vinculadas), que evalúen la posibilidad de
emitir una “Resolución Conjunta” en la que sean armonizadas
dentro de su ámbito competencial, las calificaciones que deban recibir
determinados productos a objeto de ser clasificados desde el punto de vista
arancelario para su comercio interior, en concordancia con los tratados y
acuerdos internacionales que haya suscrito la República Bolivariana de
Venezuela con otros países, con la finalidad última de resguardar y tutelar
plenamente los derechos y garantías consagrados en el Texto Fundamental. Así
se dispone” (énfasis añadido por la
Sala).
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