En la Gaceta Oficial Nro. 41.388 de 2 del
mayo de 2018, se publicó la Providencia Administrativa Nº 2018-0028 de fecha 30
de abril de 2018, mediante la cual se aumentó la Unidad Tributaria de
quinientos Bolívares (Bs. 500,00) a ochocientos cincuenta bolívares (Bs.
850,00), cuyo contenido es el siguiente:
Artículo 1: Se reajusta
la Unidad Tributaria de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) a OCHOCIENTOS
CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 850,00).
Artículo 2: En los
casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaría
aplicable será la que esté vigente por lo menos ciento ochenta y tres (183)
días continuos del período respectivo, y para los tributos que se liquiden por
períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente
para el inicio del período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo
Tercero del artículo 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código
Orgánico Tributario.
Artículo 3: Esta
Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir del 1° de mayo de 2018.
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