sábado, 18 de enero de 2014

Normas para la adquisición de un plan de cobertura de gastos médicos para viajeros



Mediante Resolución Nº 108 publicado en la Gaceta Oficial Nº 40.317 del 17 de diciembre de 2013, el Ministerio del Poder Popular para el Turismo, modificó los artículos 1 y 11 de las normas para la adquisición de un plan de cobertura de gastos médicos para viajeros internacionales y contra pérdida, hurto o robo del equipaje. El contenido de la referida Resolución, es el siguiente:

Artículo 1: Los prestadores de servicios turísticos de transporte terrestre, acuático y aéreo internacional y las agencias de viaje, tienen su obligación de ofrecer una vez cumplido el plazo indicado en el artículo 11 de la presente Resolución, a las personas que se trasladen con origen o destino el territorio nacional, quienes a los efectos de la presente Resolución se denominarán Turistas, un Plan de Cobertura de Servicios Médicos para Viajeros y por la pérdida, hurto o robo de equipaje, que les garanticen el acceso a servicios médicos y a una compensación en caso de pérdida o hurto de su equipaje.

Artículo 11: Los Prestadores de Servicios de Transporte Turístico internacional deberán contratar los servicios de la empresa proveedora de los planes de cobertura aquí referidos en los términos y condiciones exigidos en la citada Resolución, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su entrada en vigencia, debiendo consignar dentro de dicho plazo copia del mencionado contrato ante el Ministerio del Poder Popular para el Turismo.

Artículo 2: Los demás términos y condiciones indicados en la Resolución N° 105 del Ministerio del Poder Popular para el Turismo, de fecha 03 de diciembre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.308 del 04 de diciembre de 2013, se mantiene vigente.

Artículo 3: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.