Gaceta Oficial: http://www.tsj.gov.ve/gaceta/Marzo/632013/632013-3653.pdf#page=3
“Artículo 1 :
Suspender de manera temporal el Permiso de Porte y Tenencia de Armas de fuego
en todo el territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela desde el
día miércoles seis (06) de marzo a las 06:00 horas hasta el día doce (12) de
marzo de dos mil trece (2013), a las 00:00 horas, como parte de las medidas
para garantizar el resguardo de la integridad física de las personas y con el
fin de mantener el orden interno y normal desenvolvimiento de los actos
póstumos que se realizaran en el país, con ocasión del lamentable fallecimiento
del Comandante Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 2: Quedan
excluidos de la aplicación de la presente Resolución, los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, los funcionarios de los Cuerpos de Policía que
estén prestando el Servicio de Policía, los funcionarios de los Organismos de Seguridad
Ciudadana y demás Organismos de Seguridad del Estado con funciones propias del
Servicio de Policía, el personal que cumpla labores de custodia y traslado de dinero
en las empresas de transporte de alores,
el personal de seguridad adscrito a Órganos, Entes, Instituciones u Organismos
Públicos Nacionales y Sedes
Diplomáticas, cuando estén cumpliendo funciones específicas, debidamente autorizadas por el Comando Estratégico
Operacional (CEO) y la Dirección General de Armas y Explosivos de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana.
Artículo 3: Todo lo no previsto expresamente en la presente Resolución será resuelto conjuntamente por los Ministros del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y para la Defensa.
Artículo 4: La
presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela hasta el día martes doce (12) de
marzo de dos mil trece (2013), inclusive”.
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