Mediante
Resolución conjunta N° 081 y S/N publicada en la Gaceta Ofician Nº 40.133 del
21 de marzo de 2013, los Ministerios del Poder Popular para Relaciones de
Interiores y Justicia y el Poder Popular para la Defensa, suspenden de manera
temporal el permiso de porte y tenencia de armas de fuego en todo el territorio
nacional desde el día 28 de marzo de 2013 a las 6:00 a.m. hasta el día 1 de
abril de 2013 a las 6:00 a.m. Todo el contenido de la Resolución es la
siguiente:
“Artículo 1: Suspender de
manera temporal el Permiso de Porte y Tenencia de Armas de Fuego en todo el
territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela, desde el día 28
de marzo a las 06:00 a.m. hasta el día 1º de abril de dos mil trece (2013), a
las 06:00 a.m., como parte de las medidas para garantizar la seguridad
ciudadana y el resguardo de la integridad física de las personas con motivo del
Dispositivo "Semana Santa Segura 2013", en el marco del 1er vértice
de acción de la Gran Misión A Toda Vida Venezuela "Prevención Integral y
Convivencia Solidaria".
Artículo 2: Quedan
excluidos de la aplicación de la presente Resolución, los miembros de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana, los funcionarios de los Cuerpos de Policía que
estén prestando el Servicio de Policía, los funcionarios de los Organismos de
Seguridad Ciudadana y demás Organismos de Seguridad del Estado con funciones
propias del Servicio de Policía, el personal que cumpla labores de custodia y
traslado de dinero en las empresas de transporte de valores, el personal de
seguridad adscrito a Órganos, Entes, Instituciones u Organismos Públicos
Nacionales y Sedes Diplomáticas cuando estén cumpliendo funciones específicas,
debidamente autorizadas por el Comando Estratégico Operacional (CEO) y la
Dirección General de Armas y Explosivos de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana.
Artículo 3: Todo lo no
previsto expresamente en la presente Resolución será resuelto conjuntamente por
los Ministros del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y para la
Defensa.
Artículo 4: La presente
Resolución entrará en vigencia a partir del día 28 de marzo a las 06:00 a.m.
hasta el día 1º de abril de dos mil trece (2013), a las 06:00 a.m., ambas
fechas inclusive.
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